fraude eléctrico, reclamación
Delitos de fraude eléctrico
04 marzo, 2022
La próxima semana celebramos juicio por defraudación del fluido eléctrico, ¿sabes en qué consiste dicho delito?
El delito de defraudación del fluido eléctrico castiga aquellas acciones que consisten en cometer fraude mediante la utilización de energía eléctrica, agua, gas, telecomunicaciones u otro elemento, energía o fluido ajenos por los medios previstos en la ley.
Así, el Código Penal en el artículo 255 castiga con pena de multa de 3 a 12 meses las siguientes conductas:
1.- Valiéndose de mecanismos instalados para realizar la defraudación.
2.- La alteración maliciosa de las indicaciones o aparatos contadores.
3.- El empleo de cualquier otro medio clandestino.
Es importante tener en cuenta que se considera sujeto activo del delito de defraudación de fluido eléctrico a quien utiliza fraudulentamente la energía o los fluidos ajenos, aun cuando no haya sido esta persona la autora de la instalación de los mecanismos empleados para la defraudación ni de la alteración maliciosa de los contadores. Es decir, quien se aprovecha de la defraudación siendo consciente de ello también puede ser imputado por este delito.
Por otro lado, el sujeto pasivo del delito de defraudación de fluido eléctrico, puede ser tanto la empresa suministradora de la energía o fluido como el usuario legal, según quién se haya visto perjudicado por la utilización fraudulenta. Por ejemplo, cuando estamos utilizando el servicio de internet del vecino cuando éste no ha dado su consentimiento ( la clave), el perjudicado es éste.
¿Te encuentras en una situación similar? Llámanos al 633 574 313 o a través de www.roma-asesoria.com
¡¡Feliz fin de semana!!
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